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PROCESO Y TRÁMITES NECESARIOS PARA LA COMPRAR-VENTA Y ALQUILER

Con PROPIEDADES EXCLSUIVAS inmobiliaria en el Maresme, Costa Brava y Barcelona le acompañamos en todo el proceso de compra-venta y le asesoramos en los trámites necesarios para comprar y alquilar propiedades.

Proceso en la COMPRA-VENTA

Primer paso, la reserva

Importe que se paga con previo acuerdo del propietario para parar el proceso de venta, también se pactan una serie de condiciones de la operación para poder formalizar el contrato de arras pasados unos 15 días dependiendo de la operación. Normalmente la reserva queda como pago a cuenta del importe a satisfacer en el contrato de Arras.

Formalizar el contrato de arras

Es el sistema más conocido para las compra-ventas en España. Dicho contrato de arras está regido por el Código Civil y por norma general crea un compromiso definitivo entre comprador y vendedor para realizar una operación en concreto, el pago de dichas arras acostumbra a ser del 10% del valor de compra y incluyen una serie de obligaciones para ambas partes entre ellas la fecha de comparecencia ante notario para formalizar la compraventa con escritura pública.

En el caso que el comprador desistiera de la compraventa perdería el 10% dado en concepto de arras, y en el caso que el vendedor perdiera el interés tendría que devolver doblado el importe de arras como penalización.

Escritura pública de compraventa

Una vez llegado el día, ambas partes han de comparecer ante notario para formalizar la escritura pública de la propiedad y registrarla en el Registro de la Propiedad correspondiente. Previa comprobación de la documentación aportada al notario con anterioridad se procede a la firma, abonando las cantidades pendientes para completar la compra-venta y realizar la transmisión.

Documentación necesaria y gastos

En PROPIEDADES EXCLSUIVAS MARESME inmobiliaria del Maresme y Barcelona, asesoramos en todo momento a ambas partes para ir comprobando, gestionando y solicitando toda la información y documentación necesarias para asegurar todos los pasos de la operación con máxima transparencia.

Proceso alquiler de larga durada (más de 1 año)

Reserva

Importe que se paga con previo acuerdo del propietario para parar el proceso de comercialización, también se pactan una serie de condiciones de la operación para poder formalizar el contrato de arrendamiento. Equivalente a una mensualidad del alquiler normalmente.

El contrato de alquiler

El contrato de alquiler de inmuebles por ley tiene una duración mínima de un año, prorrogable año a año, hasta los 3 años habituales. Durante el primer año si el inquilino renuncia al alquiler, si así lo estipula el contrato de arrendamiento, tendrá penalización. A partir del primer año avisando con 30 días normalmente de antelación podrá liberar el alquiler sin perjuicio.

Hay que tener en cuenta que, durante el periodo de alquiler, tanto el propietario como el inquilino han de cumplir las condiciones y obligaciones del contrato y la LAU (Ley de arrendamientos Urbanos).

Miscelánea

Las fianzas acostumbran a ser el importe equivalente una o dos mensualidades, dependiendo del estado del inmueble.

Cada vez más se piden garantías a los inquilinos aportando información que garantice una solvencia para poder hacer frente al alquiler.

Normalmente solicita el inquilino un seguro de contenido y el propietario uno de continente sobre la propiedad para posibles incidentes.

 

Para saber los honorarios en contratos de alquiler vacacional o temporal, por favor envíenos un mail a info@propiedadesexclusivas.net o si lo prefiere nos puede llamar a +34654205665.